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¿Problemas ante una herencia?
Vender tus derechos puede ser la solución
Puede vender sus derechos hereditarios, aunque su padre o madre disfrute del usufructo de su vivienda por el fallecimiento de su cónyuge.
Puede vender sus derechos hereditarios en el caso de no llegar a un acuerdo con los familiares o copropietarios del inmueble.
EN DIVISIONHOME ESTUDIAMOS Y COMPRAMOS SUS DERECHOS HEREDITARIOS
Este tipo de operaciones son complejas y excepcionales, se pueden dar en dos situaciones.
Al fallecimiento de nuestro padre o madre. Siempre y cuando estén en régimen de gananciales, por norma general se suele firmar la aceptación de la herencia, quedando uno de los dos beneficiados del usufructo de la propiedad/es.
El 50% de la herencia sigue quedando en manos de nuestro progenitor/a y el 50% restante repartido entre el resto de integrantes de la familia, (Hijos por lo general).
Cualquiera de los hijos puede vender su derecho hereditario antes de la partición, aún habiendo un usufructo, pero es totalmente viable su transmisión.
Jurídicamente es válido y legal vender su parte de la herencia antes de la partición de la misma.
Al fallecimiento de los padres, los hermanos o copropietarios de inmueble no llegan a un acuerdo para la firma de la participación de la herencia por motivos personales, desacuerdos con el testamento o cualquier otro conflicto derivado del asunto.
Igualmente cualquier coheredero puede transmitir su porcentaje de la herencia aún a sabiendas que transmite un derecho no consolidado de los bienes que pudieran corresponderle en la herencia, por lo que el valor de su participación será inferior.